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Estimado (a) Aportante:
Queremos informarte sobre la Resolución Exenta N° 11.410 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), recibida el pasado viernes 6 de diciembre en la tarde, en la cual el regulador decidió suspender los rescates de los fondos administrados por Sartor Administradora General de Fondos (Sartor AGF).
Como hemos señalado anteriormente, no compartimos el criterio adoptado por la CMF, ni en su resolución del 15 de noviembre ni en la más reciente del 6 de diciembre, ya que ambas responden a un cambio en el enfoque del regulador. Consideramos que este cambio no solo afecta a nuestra Administradora, sino que también impactará al sector de deuda privada en su conjunto, debido a los relacionamientos directos en la gestión de estos activos a nivel de industria.
En primer lugar, cabe destacar que, en la resolución del 6 de diciembre, el numeral 3 reconoce que Sartor AGF presentó en su respuesta del 13 de noviembre un plan de acción que aborda la mayoría de las situaciones observadas. Este reconocimiento desmiente categóricamente cualquier afirmación de que no hemos tomado las medidas necesarias para resolver de manera satisfactoria las situaciones planteadas.
En efecto, y como informamos en nuestra carta del 6 de diciembre, entre la primera y la segunda resolución entregamos al regulador un análisis profundo y detallado del plan inicialmente presentado el 13 de noviembre. Este análisis incluyó información exhaustiva sobre tipos de activos, bienes reales, ventas y recompras de carteras, y estructuraciones de financiamiento, entre otras iniciativas. Además, el plan fue desglosado semana a semana para los próximos siete meses, permitiendo un seguimiento minucioso y transparente. Se trata de un plan que ya está en ejecución, cumpliendo con lo comprometido tanto con el regulador como con nuestros aportantes.
A la vez, resulta sorprendente que se afirme que no se han tomado medidas concretas respecto a temas fundamentales, considerando que el regulador ha sido informado detalladamente sobre el total desvinculamiento de las operaciones cuestionadas. Asimismo, se le comunicó en profundidad sobre la simplificación de las estructuras de los Fondos de Inversión Privados, el cual se encuentra en proceso mediante la enajenación de carteras, la recaudación de pagos al vencimiento y el traspaso de estas carteras hacia cada uno de los Fondos Públicos, a través del mecanismo conocido como rescate "in-kind" o en especie.
Por otro lado, consideramos que las resoluciones adoptadas son desproporcionadas al impactar a fondos de nuestra Administradora que no guardan relación con las carteras observadas. Dado que las objeciones específicas se dirigen al Fondo de Inversión Sartor Táctico, cualquier medida reglamentaria debió limitarse exclusivamente a dicho fondo.
La resolución de la CMF también aborda los montos de las solicitudes de rescate, las cuales estaban previstas para ser pagadas dentro de los plazos establecidos. En este punto, cabe destacar que más del 70% de los montos totales solicitados corresponden a fondos asociados a Credicorp, es decir, a un solo aportante final.
A su vez, es importante señalar, que la situación descrita en la resolución del día viernes 6 de diciembre, respecto a rescates y efectos en las carteras, emana, principalmente, de la resolución del día 15 de noviembre. Esta situación pudo ser evitada, ya que, el regulador cuenta con las herramientas legales previstas en la Ley 21.000, específicamente en el artículo 5, número 26, que faculta la suspensión de transacciones entre partes relacionadas a la AGF y los fondos por un plazo de al menos tres meses. Esta medida, diseñada para escenarios como el analizado, habría sido menos gravosa para los aportantes de los fondos.
Desde nuestra fundación, y especialmente desde que Sartor Administradora General de Fondos comenzó a operar en 2016, hemos demostrado solvencia de los activos en que invertimos, lo que ha permitido pagar más de $530.000 millones en rescates, siempre en tiempo y forma. Hemos cumplido así con la confianza y la promesa que hemos mantenido con cada uno de nuestros aportantes.
En este contexto, nos resulta incomprensible los cuestionamientos planteados respecto a la duración de nuestras carteras, los activos que las componen y los plazos de rescate. Como gestores responsables, hemos administrado adecuadamente las estructuras de nuestros fondos, velando por el cumpliendo de la normativa y leyes vigentes, y asegurando la liquidez necesaria para responder a las necesidades de nuestros aportantes. Cabe destacar que los fondos administrados por Sartor AGF están compuestos principalmente por activos alternativos de deuda privada, los cuales generan flujos constantes y están respaldados por garantías sólidas y debidamente documentadas.
Seguiremos haciendo todos nuestros esfuerzos para resolver esta situación a la brevedad posible, pero, sobre todo, preservando los intereses de los aportantes. En esa línea, mantendremos una comunicación constante con el regulador, pero también, seguiremos evaluando todos los recursos legales existentes para defender nuestra posición.
En Sartor AGF, nuestro principal interés es proteger las inversiones de nuestros clientes, actuando siempre con transparencia, responsabilidad y compromiso con los más altos estándares de gestión. Nuestro foco es priorizar la seguridad y tranquilidad de quienes depositan su confianza en nosotros, garantizando una comunicación abierta, oportuna y constante.
Si tienes cualquier consulta o requieres detalles adicionales sobre este tema, no dudes en llamarnos directamente o agendar una reunión para conversar.
Dejamos link a la última resolución de la CMF aquí.
Un saludo cordial,
Juan Carlos Jorquera
Gerente General
Sartor Administradora General de Fondos